Pasado el momento de tensión, emoción y ansiedad del parto, ya cuando los padres están un poco más tranquilos, es hora de empezar con las trámites de inscripción de esta nueva personita.
El trámite hay que hacerlo dentro de los 40 días a partir de la fecha de nacimiento del bebé en el Registro Civil que corresponda, al lugar de nacimiento. En hospitales públicos, el trámite de inscripción de nacimiento puede hacerse ahí mismo.
Vencido el plazo de inscripción se hará de oficio con los datos que surjan del certificado de nacido vivo. En todos los casos de nacidos por técnicas de reproducción humana asistida se debe acompañar el testimonio por escritura publica o la voluntad expresada por ante el Instituto que practico la técnica con firma certificada por autoridad sanitaria. El tramite es gratuito.
PROGENITORES CASADOS
Puede realizar el tramite uno de los dos presentando:
- Libreta o Acta de Matrimonio (Original y Copia).
- DNI de ambos (Original y copias).
- Si son extranjeros, con DNI Argentino para extranjeros, pasaporte o cédula de su país que no haya vencido (Original y copias).
El progenitor que concurre debe prestar juramento sobre el acuerdo al que arribaron ambos, de la imposición de apellidos que llevara el hijo/a. Si NO llegaran a un acuerdo, se sortea.
PROGENITORES SOLTEROS
Deben presentarse ambos progenitores con:
- DNI de ambos (Original y copias).
- Si son extranjeros, con DNI Argentino para extranjeros, pasaporte o cédula de su país que no haya vencido (Original y copias).
- Si alguno de los progenitores no posee documento venir con 2 testigos mayores de 18 años con DNI en buen estado (Original y Copias).
- Se le solicitará acuerdo sobre la imposición de apellido que llevará el hijo/a.
MADRE SOLA
Tiene que presentarse con:
- DNI (Original y copia)
- Si es extranjera, con DNI Argentino para Extranjeros, pasaporte o cédula de su país que no haya vencido (Original y Copias)
- Si no posee documento debe concurrir con dos testigos mayores de 18 años con DNI en buen estado.
Ingrese al siguiente link e imprima el o los comprobantes de pago según su Estado Civil.
- Casados: opción Nº 54 - Inscripción de nacimiento, matrimonio o defunción y 68 por cada inscripción en la libreta de familia.
- No casados: opción Nº 54 - Inscripción de nacimiento, matrimonio o defunción
- Madre sola: opción Nº 54 - Inscripción de nacimiento, matrimonio o defunción
Tasas Retributivas de Servicios;
Para mas información comunicarse a las Oficinas